Registros
Registro Nacional de Femicidios de la Justicia de Argentina

En el año 2015 se resolvió mediante Acuerdo General Nº16/15 del 09-06-15, Punto 3º) del STJER designar a la OM para llevar a cabo la recopilación y posterior remisión de todos aquellos datos vinculados a causas de femicidios tramitadas en la provincia de Entre Ríos hayan sido o no caratuladas como tales. Por lo que, la OM es la encargada de informar anualmente todos los datos solicitados por la CSJN relativos a aquellas muertes violentas de mujeres acaecidas en la provincia. El Registro comprende todas las causas por homicidio de mujeres (niñas, adolescentes y/o adultas) ocurridos cada año perpetrados por varones por razones asociadas con su género, hayan sido o no tipificadas como femicidio.


Concebir de esta forma los asesinatos de mujeres por razones de género permite una comprensión más profunda del fenómeno y sus causas, entre ellas un componente social que pone el eje en el hecho de que todas las expresiones de violencia contra las mujeres están arraigadas en construcciones de poder que ordenan las relaciones sociales entre hombres y mujeres.


El procedimiento a seguir por la OM es el siguiente: se recaba toda la información de muertes de mujeres acaecidas en la Provincia cada año, luego se entablan comunicaciones periódicas con las Unidades Fiscales de cada jurisdicción donde ocurrió el hecho, extrayendo de ese modo todos los datos, relevantes a los fines del Registro, de esas muertes. Una vez obtenida la información de las Unidades Fiscales, y siguiendo el protocolo para saber si fue femicidio, muerte violenta o muerte natural, se pone en estudio en la OM para finalmente completar las planillas que serán remitidas a la CSJN para la confección final del Registro Nacional.

Registro de Jurisprudencia con Perspectiva de Género de Entre Ríos

El “Registro de Jurisprudencia con Perspectiva de Género” fue aprobado por Resolución del
Tribunal de Superintendencia No 302/17 del 31-10-2017 y puesto en funcionamiento a partir del año 2018, para que las sentencias con perspectiva de género dictadas en la provincia de Entre Ríos se sistematicen en una base de datos pública y de fácil acceso.


La creación del mismo significa una herramienta rápida y eficaz para Magistrados/as quienes, mas allá de las particularidades de los casos a resolver y de la sana crítica racional, deben seguir y adoptar la política de género existente ajustada a la normativa internacional y nacional vigente.


La labor consiste en sistematizar sentencias y demás resoluciones judiciales dictadas
en Entre Ríos vinculadas con los derechos humanos de las mujeres.


El mencionado Registro se nutre de sentencias y resoluciones judiciales cargadas por los distintos juzgados en el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia -REJUCAV-, de aquellas enviadas vía e-mail a la OM, como así también las que todavía llegan a la OM en papel. Dichas sentencias son editadas conforme a las “Reglas de Heredia”, reglas que se basan en borrar todos aquellos datos que hagan a la identificación de las personas involucradas en ella, no solo de la víctima o denunciante, imputado o denunciado, sino también de las terceras personas que dan sus testimonio y demás personas que hayan sido nombradas en su texto, dando la posibilidad a su libre divulgación una vez que se encuentran firmes.


Desde la OM se seleccionan las sentencias en las que se vean lesionados los derechos humanos de las mujeres, por su sola condición de ser mujer, siendo una amplia y extensa lista de estos derechos vulnerados, por ejemplo, derechos: a la integridad física, psíquica y sexual; a vivir una vida libre de violencia; a la educación, derechos sexuales, reproductivos y a la atención medica; derechos patrimoniales; etcétera. Con esto se logra visibilizar aquellos derechos que en diversas oportunidades quedan ocultos.


Luego, una vez de leída, editada y analizada, se cargan los siguientes campos de datos: jurisdicción (donde se llevó a cabo el hecho), dependencia (Juzgado o Cámara que lleva la causa), tipo de resolución (sentencias o decisión interlocutoria), caratula, número de expediente o legajo, fecha de la resolución, cuerpo de la resolución, sumario, tesauro (delito en que encuadra el hecho), categoría de derecho (el o los derechos lesionados) y la normativa aplicable (listado de Leyes Nacionales y Tratados Internacionales sobre derechos humanos de las Mujeres en que se funda la sentencia). En cuento al sumario, este es una breve reseña de la resolución, donde se detalla brevemente lo sucedido y resuelto en cada caso concreto, utilizando asimismo un lenguaje género sensitivo.

Registro de Jurisprudencia con Perspectiva de Género de Entre Ríos

Mapa de género

El Mapa de Género es un relevamiento de la distribución ocupacional por sexo dentro del Poder Judicial, es decir, nos informa acerca de las condiciones estructurales que posibilitan la igualdad laboral de las mujeres judiciales.

 

Desde la OM, anualmente se contabilizan la cantidad de personas que se desempeñan tanto en el Poder Judicial como en los Ministerios Públicos, con el propósito último de informar a la CSJN respecto a la integración ocupacional por sexo de las dependencias administrativas del Poder Judicial y generando índices de esta temática.

 

El Mapa de Género requiere de un registro continuo de información para evitar su desactualización, es por ello que cada año se recupera la información actualizada por las diferentes jurisdicciones y hacia el mes de noviembre se produce el corte de cierre establecido para la elaboración del Mapa, el que se publica el 8 de marzo de cada año.

Mapa de género ocupacional por sexo dentro del Poder Judicial